Bajo el expte. Nº 7641/23: los Bloques Juntos y Juntos por el Cambio presentaron la iniciativa que adhiere al “Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos” Dispuestos Por La Ley Nacional Nº 27.454.
De acuerdo al dictamen de las Comisiones de INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO Y SALUD PÚBLICA; se aprueba por unanimidad la Ordenanza Nº 3653/23 por la que el Municipio se adhiere al “Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos” dispuestos por la Ley Nacional Nº 27.454.
Los establecimientos gastronómicos donde se sirvan o expendan comidas para ser consumidas en el local deberán:
-Poner a disposición de cada cliente, sin costo adicional, los alimentos que no hayan sido consumidos por los clientes en el local.
-Indicar en todas las cartas de menú y en un sitio visible para todo público, la leyenda con letra clara: “Si te sobró comida, es tu derecho pedirla para llevártela gratuitamente. Evitar el desperdicio de alimentos es tu obligación, Ordenanza Municipal Nº 3653/23”.
La autoridad de aplicación será la Subsecretaria de Bromatología en conjunto con la Subsecretaria de Desarrollo Social, o las que en el futuro las sucedan.
El incumplimiento de la Ordenanza será pasible de sanciones que involucren prácticas proactivas para la reducción de pérdida y desperdicios de alimentos, según disponga la autoridad de aplicación.
Se invita a productores y comercializadores de alimentos, radicados en el distrito de Tornquist, a establecer alianzas de cooperación con instituciones públicas o privadas de bien público, grupos humanos o personas individuales, para fomentar y canalizar la donación de productos alimenticios en los términos de la Ley Nacional Nº 25.989.
La Subsecretaria de Desarrollo Social del Municipio será la encargada de promocionar las alianzas. Se instituye la campaña anual “Desperdicio Cero”, a realizarse la semana del día 29 de Septiembre de cada año con el objeto de poner en valor las buenas prácticas para la reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados al Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio de Tornquist correspondientes al ejercicio en el año de entrada en vigencia de la misma y en los sucesivos, de acuerdo al avance físico de las acciones pertinentes.
Posterior a la promulgación de la presente el Departamento Ejecutivo deberá difundirla a través de los diferentes medios de comunicación.