Imprudencia mortal: confirman condena por un choque de atrás

En 2018, en el acceso a Saavedra, el auto ocupado por dos jóvenes que volvían de un boliche embistió la parte trasera de una camioneta. Murieron otros dos chicos. Que la camioneta donde iban las víctimas salió imprevistamente de la banquina, que sus ocupantes iban sin el cinturón de seguridad, que hubo tratamiento parcial de testigos. Nada de eso tuvo en cuenta la Justicia a la hora de condenar a un automovilista por un choque fatal en el camino de acceso a Saavedra, hace casi 5 años. Más allá de que todas esas cuestiones planteadas por la defensa nunca fueron debidamente probadas, se remarcó que en el derecho penal no hay compensación de culpas. De esa manera la Cámara Penal confirmó una condena de primera instancia para Jonatan Joaquín Gette, de 3 años de prisión en suspenso. No irá a la cárcel salvo que incumpla las reglas de conducta, entre ellas la inhabilitación por 8 años y 10 meses para conducir vehículos. La mañana del 1 de abril de 2018, Gette conducía un Fiat Palio Wekeend por el acceso a Saavedra, adonde volvía junto con Jonatan Jacamo, luego de concurrir a un boliche de Pigüé. Fue en una zona recta, y a elevada velocidad, que embistió de atrás a una Toyota Hilux que iba al mando de Felipe Del Río. Producto del fuerte impacto, la camioneta se salió de la calzada, volcó y los dos acompañantes salieron despedidos y fallecieron. Las víctimas fueron identificadas como Pablo Ignacio García y Hernán Arcidiácono, ambos de 25. La Justicia consideró que hubo violación de los deberes de cuidado y de prevención por parte de Gette, sin avanzar en el sentido de "la culpa de la víctima". En ese punto explicaron que distinto es el caso, por ejemplo, del peatón que sorpresivamente sale entre vehículos estacionados en una vía rápida y es embestido. Si ese conductor además no viola deber de cuidado alguno, o no se puede demostrar que lo haya transgredido, entonces la situación procesal del mismo es clara y el hecho es resultado de la imprudencia de la propia víctima. De todas maneras, para la Cámara no es el caso de Saavedra. Pruebas de cargo Los camaristas Pablo Soumoulou y Gustavo Barbieri pusieron especial atención en la pericia accidentológica, que determinó que el Fiat hizo una maniobra frenante, no llegando al bloqueo de neumáticos e intentó un movimiento de evasión, "todo lo cual indicaría que su conductor se habría visto sorprendido" por la presencia de la pick up. El testimonio de Jacamo corrobora esa conclusión, al afirmar que en un momento fija la mirada en la ruta y ve que tenían un vehículo adelante, no pudiendo precisar si circulaba o estaba detenido y que solo atinó a cubrirse con el brazo. Del Río, a su turno, afirmó que venía circulando por su carril a unos 80 kilómetros por hora y que vio por el espejo que venía rápido un auto con las luces encendidas. Pensó que en algún momento lo iba a sobrepasar, teniendo en cuenta que en el carril contrario no había otros vehículos. La proximidades de las luces fue lo último que recuerda antes del impacto. Los camaristas también remarcaron que "no existe prueba alguna" de la subida desde la banquina de la Toyota. "Al contrario, los dichos de Del Río lo desmiente y, por si ello no fuera suficiente, el imputado no prestó declaración en la oportunidad del artículo 308 del rito, por lo que la afirmación del defensor carece de sustento fáctico que la demuestre", dijeron. Tampoco se pudo establecer que Gette circulaba bajo los efectos de algún estimulante, tal como se sospechó desde un primer momento. Sobre la posible falta de cinturón de seguridad de las víctimas, se aclaró que no se acreditó ese extremo y que, de haber sido así, no excusa la responsabilidad del acusado. "Resulta inadmisible la compensación de culpas, dada la calidad de público que reúne el derecho penal, no permitiendo esta clase de transacciones", insistieron. En consecuencia, confirmaron la pena de prisión en suspenso y la inhabilitación dictada en primera instancia por la jueza en lo Correccional N° 3, Susana González La Riva. Una maniobra sin cuidado Ley 24.449. La Justicia determinó que Gette violó el artículo 39, inciso B, de la ley de tránsito 24.449. Prevención. "La norma comentada establece que los conductores en la vía pública deben circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito", sostiene. Advertencia. "Cualquier maniobra deben advertirla previamente y realizarla con precaución, sin crear riesgo ni afectar la fluidez del tránsito", agrega. Calificación. Al automovilista se lo condenó por los delitos de homicidio culposo agravado y lesiones culposas graves. Fuente La Nueva