Sierra de la Ventana - “Lo más molesto de todo esto es que no ha cambiado nada”

Judiciales 25/09/2018
A fines de 2009, en Sierra de la Ventana, Karina Tartuferi murió al ser electrocutada por un cable de media tensión que se cortó. Su marido dice que hubo negligencia y que los problemas siguen. El mediodía del 17 de diciembre de 2009 quedó grabado en la memoria de la comunidad de Sierra de la Ventana. Karina Alejandra Tartuferi (33), quien cursaba un embarazo de 22 semanas de gestación, circulaba en bicicleta junto con su hija María de la Paz, de 4 años, cuando un cable de media tensión se cortó y la golpeó en el rostro. La mujer sufrió una descarga que provocó su deceso por electrocución, mientras que la pequeña fue despedida y salvó su vida. El hecho se produjo en la avenida San Martín, entre Bahía Blanca e Iguazú, donde 15 días antes se había modificado el tendido eléctrico perteneciente a la Cooperativa Eléctrica de esa localidad. A casi 9 años del siniestro, y luego que la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmara la sentencia condenatoria que recibieron dos personas relacionadas con la obra, su marido Gustavo Roberto Cabezas dijo que “se hace un poco de justicia”, pero advirtió que pese a la muerte de Karina, los trabajos se siguen realizando inadecuadamente. "Lo más molesto de todo esto es que no ha cambiado nada", afirmó. En la resolución, los camaristas Guillermo Petersen, Alfredo Mones Ruiz y Guillermo Rodríguez, ratificaron el fallo de la jueza en lo Correccional Nº 3, Susana González La Riva, quien sentenció a dos años y medio de prisión en suspenso y la inhabilitación por cinco para desempeñarse como ingeniero a Rodolfo Luis Bocero. La magistrada también sancionó con dos años de prisión condicional a Héctor Orlando Castillo. Sostuvo que no tomaron los recaudos necesarios para evitar lo ocurrido y los halló culpables del delito de homicidio culposo. En tanto, en el debate fue absuelto Carlos Daniel Schmidtke. El fallo aún no se encuentra firme, ya que a la defensa de los imputados le quedan instancias de apelación. “Se hace un poco de justicia. Por lo menos su fallecimiento no fue en vano y quedó de manifiesto quiénes tenían responsabilidad de lo ocurrido”, dijo Gustavo, quien fue delegado de la localidad serrana. De todas maneras, señaló que “todo sigue igual. Hace aproximadamente quince días se volvió a cortar un cable en pleno centro. En su momento, cuando pasó lo de mi señora, la Cooperativa alegó que la causal del corte del cable había sido el viento reinante, pero esta vuelta no había viento y se cortó”. Agrega que “en su momento la negligencia fue sacar un aislador que había en un poste, que tiene hierros adentro, entonces se produjo un arco voltaico y se cortó. En esta ocasión se produjo de la nada y, para colmo de males, al día de hoy no se brindó un informe de lo ocurrido”. El hombre, quien además de la instancia penal planteó una demanda civil que se encuentra en trámite, afirma que “las líneas de alta tensión siguen cruzando la localidad. Después de lo que le pasó a mi mujer se cortaron otros tres cables. La manera en que siguen trabajando es arcaica y precaria. En su momento, cuando el perito de la causa escuchaba la manera de trabajar que tenían con los cables se quería morir”. El presente y una tragedia que se pudo evitar María de la Paz está a punto de cumplir trece años y afortunadamente no tuvo ninguna secuela física del trágico suceso en el que falleció su madre. “Gracias a Dios está bien, el perito le dijo a mi abogado que está viva de milagro. Hemos hablado un par de veces de lo que pasó, pero no recuerda mucho y era muy chica. Hay cosas que no manifiesta aún”. Si bien algo como lo ocurrido puede atribuirse en parte al destino, Gustavo afirma que, en este caso, era algo que podría haberse evitado. “Siempre digo que todos tenemos una fecha de vencimiento, pero eso no quita de que esto fue una negligencia y todo accidente es evitable. Lo que más nos molesta es que no se han tomado los recaudos pertinentes y la Cooperativa como institución siempre hizo caso omiso a lo nuestro, se mostró esquiva para tratar el tema dentro del mismo pueblo. Tendría que haber tomado las medidas adecuadas y cambiar”. “Estos hechos a veces son puntos de inflexión en determinadas cuestiones. Desde lo personal te cambia la forma de vivir y te replanteás muchas cosas, entonces es raro que desde lo institucional, con una localidad en crecimiento permanente, esto no suceda”, finaliza. Valoración razonable de la prueba En su resolución, los jueces de la Sala II de la Cámara Penal sostuvieron que la jueza en lo Correccional, Amelia Susana González La Riva, efectuó una “valoración razonable de los elementos aportados a la causa”, los cuales acreditaron la autoría de los procesados Castillo y Bocero. Al momento de los hechos el primero de los acusados se desempeñaba como jefe de redes de la Cooperativa Eléctrica de Sierra de la Ventana, mientras que el restante era contratado como representante técnico y de calidad de servicio. En la apelación, el defensor de los imputados sostuvo que Bocero no tenía a cargo la dirección de la obra y por ende, carecía de responsabilidad sobre lo ocurrido. Respecto de Castillo, indicó que efectuó las tareas que le correspondía y que su conducta no fue imprudente. Por otra parte, los abogados de Gustavo Cabezas presentaron un recurso contra la absolución de Schmidtke y el monto de la pena impuesta a Castillo. Finalmente, en una resolución de 49 carillas, los camaristas no hicieron lugar a las apelaciones, analizaron los fundamentos tomados en cuenta por la magistrada en su fallo y lo ratificaron en su totalidad. Fuente La Nueva.com